Centro Independiente de Informacion Nacional
martes, 10 de febrero de 2009
Postura preliminar del FPDT sobre el debate en la Suprema Corte
Postura preliminar del FPDT sobre el debate que se desarrolla en la SupremaCorte de Justicia de la Nación sobre los hechos del 3 y 4 de mayo del 2006 · Las violaciones a los derechos humanos en Atenco y Texcoco fueron productode una estrategia de Estado y no de la omisión de los policías. · Al declarar que la investigación es suficiente y limitar la temporalidadsólo ratifica los limites que la Corte se puso a sí misma, por lo que elinicio del debate permite la reconsideración de estas reglas. · Se debe de señalar a las autoridades involucradas en dichas violaciones ydeterminar los órganos y autoridades competentes para actuar en consecuencia,por lo que sólo apegarse a definir los protocolos del uso de la fuerzaestarían minimizando las responsabilidades de Enrique Peña Nieto, EduardoMedina Mora y Miguel Ángel Yunes. Una vez iniciada la discusión del pleno de la Suprema Corte de Justicia dondeel Ministro José de Jesús Gudiño Pelayo presenta en el pleno las conclusioneselaboradas en su dictamen sobre los hechos del 3 y 4 de mayo en Texcoco y SanSalvador Atenco, el Frente de Pueblos manifiesta que éstos hechos representarongraves violaciones a las garantías individuales y a los derechos humanos, y queestás - contrario a lo expresado en el dictamen de referencia- son el resultadode una acción concertada entre los tres niveles de gobierno, encabezadas porEnrique Peña Nieto, Eduardo Medina Mora y Miguel Ángel Yunes, integrantes delgabinete de Seguridad Nacional de Vicente Fox, mediante la reunión realizada lanoche del 3 de mayo -como se precisa en la investigación, por lo tanto éstasviolaciones no son producto de la incapacidad de los elementos de lascorporaciones policiacas ni muchos menos corresponde a una omisión de los altosfuncionarios, sino más bien de una estrategia premeditada y dolosa del Estado. Ante la determinación del pleno de la Suprema Corte sobre la suficiencia de lainvestigación y los límites de la temporalidad que recoge el dictamen delministro ponente, el FPDT considera que si bien los datos recabados por laComisión de Investigación son abundantes, consideramos al igual que elMinistro Genaro Góngora Pimentel hacen falta otros elementos de prueba quepermitirían acercarnos a la verdad histórica de los hechos y determinar lamagnitud de las violaciones de las garantías individuales; esto porque en eldictamen se le dan el valor de prueba a algunos datos recabados por la citadaComisión y se determina como en el caso de los homicidios de Alexis Benhumea yJavier Cortés que éstos no fueron asesinados por elementos de las fuerzas deseguridad, sino por otros participantes en los hechos; además, se dice que nose demuestra que una bomba de gas lacrimógeno fue la causa de la muerte deAlexis Benhumea, lo que nos parece contradictorio ya que en las reglas aprobadasposteriormente por la SCJN limita los alcances de la resolución y establece queno se determinarán responsables de los hechos. Sin embargo, con estasmanifestaciones se contradice porque se exonera a los responsables materiales delos homicidios y se aminora la responsabilidad de los ordenadores de larepresión. Por eso estamos de acuerdo con la postura del Ministro Góngora deque toda la investigación debió haberse llevado a cabo bajo la directriz delprincipio de presunción de inocencia, ya que éste es un derecho de laspersonas y no del Estado. Si bien la Corte determinó que la investigación de los hechos correspondía alos días 3 y 4 de mayo del 2006, nosotros valoramos al igual que el MinistroJosé Ramón Cossio Díaz que no sólo se tratan de hechos consumados sino deuna cadena causal de la cual las violaciones cometidas no se terminaron en esosdías, sino que prevalecen hasta este momento, por lo que las responsabilidadesde Enrique Peña Nieto, Eduardo Medina Mora y Miguel Ángel Yunes se reeditan deforma permanente y continúa por el encarcelamiento y sentencia de más de 31años impuesta a nuestros 10 compañeros presos en el penal del Molino de Floresen Texcoco, de 67 años y medio a Felipe Álvarez y Héctor Galindo, así comode 112 años y medio de prisión a Ignacio Del Valle Medina, recluidos en elPenal del Altiplano en Almoloya de Juárez. Nosotros consideramos que las facultades establecidas en la Constitución sonun marco jurídico de actuación de la Suprema Corte para proteger los bienesjurídicos tutelados en la Carta Magna, por lo que hacer una interpretación quelos limite al establecer reglas que impidan rebasar esas facultades no favorecenal derecho a la justicia que nuestro pueblo mexicano viene demandando pordécadas y que al inicio del debate en el pleno se abre una oportunidad para quela propia Corte enmiende sus reglamentos que no son superiores a laConstitución, a los tratados internacionales de derechos humanos, ni a lasleyes federales por no ser legisladores sino aplicadores de la legalidad. Una vez que la Corte decretó un receso para reanudar la sesión en la tardedel día de hoy, nosotros como agraviados y promoventes de la facultad deatracción establecida en el artículo 97 Constitucional, demandamos se nospermita el acceso a la sesión, además, les decimos a los ministros quenuestros pueblos claman por justicia y libertad y que ellos tienen una deudahistórica con el pueblo mexicano por lo que de resolver en forma apresurada,sin un debate serio y apegado a justicia llevará a que la Corte determine supapel como un órgano sancionador de la impunidad –como sucedió con elGobernador Mario Marín- que protege a los gobernantes violadores de los máselementales derechos humanos. La Corte debe de apegarse a la regla 24 que se desprende del artículo 97párrafo segundo constitucional, emitida en el acuerdo 16/2007 donde estableceque se debe de señalar a las autoridades involucradas en dichas violaciones ydeterminar los órganos y autoridades competentes para actuar en consecuencia,por lo que sólo apegarse a definir los protocolos del uso de la fuerzaestarían minimizando las responsabilidades de Enrique Peña Nieto, EduardoMedina Mora y Miguel Ángel Yunes, brindándoles una carta de impunidad quemandaría el mensaje de la sumisión del Poder Judicial de la Federación a losotros poderes y al status quo.
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