Centro Independiente de Informacion Nacional

sábado, 25 de diciembre de 2010

ACCION URGENTE Presunta desaparición forzada del Sr. Crescenciano Moisés Pérez Enríquez en Loxicha, Oaxaca; serio temor por su seguridad y la de su familia.

Caso MEX 231210

Presunta desaparición forzada / Riesgo de tortura y otros malos tratos / Amenazas de muerte/

Temor por seguridad

 

El Secretariado Internacional de la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) solicita su intervención MUY URGENTE ante la siguiente situación en México.

 

Descripción de la situación

 

El Secretariado Internacional de la OMCT ha recibido con seria preocupación informaciones de fuentes confiables y de la Liga Mexicana por la Defensa de los Derechos Humanos (LIMEDDH), organización miembro de la red SOS-Tortura de la OMCT, sobre la presunta desaparición forzada del Sr. Crescenciano Moisés Pérez Enríquez, indígena zapoteco de 58 años de edad, perteneciente a la Organización de Pueblos Indígenas Zapotecos, (OPIZ) y sobre el temor de que él sufra tortura y malos tratos debido a que, hasta el momento de emitir este llamado, no se sabe nada ni sobre su paradero ni sobre su integridad personal. Se teme además por la seguridad e integridad personal de los miembros de su familia, quienes luego de denunciar los hechos han sido amenazados de muerte, en hechos ocurridos en la comunidad de Tierra Blanca, municipio de San Vicente Loxicha, Estado de Oaxaca.

 

De acuerdo con las informaciones, el 4 de noviembre de 2010, tres personas no identificadas, vestidas con uniformes de color negro y con armas de uso exclusivo del ejército mexicano, ingresaron al domicilio del Sr. Crescenciano Moisés Pérez Enríquez y mientras dos lo sujetaron amenazándolo con sus armas en el pecho y en la espalda y uno le decía "justo a usted venimos a buscarlo", el tercero disparó al aire con el fin de amedrentar a sus familiares, entre ellos su esposa, la Sra. Germana Domitila Santiago Ambrosio, y un hijo de nombre Emeterio Everardo Pérez Santiago, quienes trataban de impedir que se lo llevaran. Finalmente los tres hombres se llevaron al Sr. Crescenciano Moisés Pérez Enríquez con rumbo desconocido, sin que hasta el momento sus familiares hayan vuelto a tener ningún tipo de contacto o comunicación con él.

 

Según las informaciones, en varias ocasiones, durante todo el tiempo en que el Sr. Crescenciano Moisés Pérez Enríquez ha permanecido desaparecido, su familia ha recibido llamadas anónimas en las que les dicen que tienen que pagar cinco millones de pesos mexicanos (unos 300 mil euros), como requisito para liberarlo, sin que la familia pueda tener ninguna certeza ni prueba de que en efecto quienes realizan las llamadas telefónicas sean quienes tienen en su poder al Sr. Crescenciano Moisés Pérez Enríquez.

 

De acuerdo con las mismas informaciones, el 14 de noviembre de 2010, un hijo del Sr. Crescenciano Moisés Pérez Enríquez presentó una solicitud de Amparo y Protección de la Justicia Federal ante el Juez Octavo de Distrito con residencia en la Ciudad de Oaxaca, debido al temor de que agentes policiales y/o militares hubieran participado en su detención-desaparición. Según las denuncias, a pesar de la existencia del mencionado amparo, en trámite bajo el expediente número 1430/10, hasta el momento las autoridades no han mostrado ninguna prueba de que estén actuando para establecer el paradero de este señor indígena zapoteco.

 

Posteriormente, el 1 de diciembre de 2010, la esposa del Sr. Crescenciano Moisés Pérez Enríquez y su hijo, el Sr. Emeterio Everardo Pérez Santiago, se presentaron ante la delegación de la Procuraduría General de la República (PGR), ubicada en San Bartolo, Coyotepec, con el fin de denunciar la desaparición de su esposo y padre y allí una funcionaria, adscrita a la mencionada delegación, se negó a recibir su denuncia bajo el argumento de que ella era "incompetente" y que por eso no la recibía, agregando que mejor se fueran para la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJDE).

 

Consecuentemente la esposa y el hijo del Sr. Crescenciano Moisés Pérez Enríquez se trasladaron al municipio de Reyes Mantecon sede de la PGJDE de Oaxaca, en donde fueron atendidos de forma déspota por una persona quien dijo ser titular de la Agencia del Ministerio Público de la mencionada PGJDE, adscrita a la Agencia Estatal de Investigaciones (AEI), y quien sin causa justa alguna se negó a tomarles la comparecencia bajo el argumento de que ella "no tomaba ese tipo de denuncias", pero que mejor se fueran adonde el Subprocurador de Investigaciones, de quien no dio su nombre. Ellos se dirigieron a la oficina del Subprocurador y allí una persona, que no dio ni su nombre ni su cargo, les dijo que el Subprocurador no estaba y que no sabía cuando regresaría, por lo que lo mejor era que se fueran y regresaran después.

 

Se ha informado que ante todas estas irregularidades, la esposa y el hijo del Sr. Crescenciano Pérez Enríquez interpusieron una queja  ante la Comisión para la Defensa de Derechos Humanos de Oaxaca (CDDHO) contra la Agente del Ministerio Público de la Federación, así como contra la Agente del Ministerio Público de la PGJDE, adscrita a la AEI, por la conducta abiertamente violatoria de sus derechos. El número de la queja es: CDDH/1387/(01)/OAX/2010, y para el caso fue asignado el Sr. Julio Frey Luna Bernal, Visitador de la Comisión para la Defensa de los Derechos Humanos de Oaxaca (CDDHO).

 

Se ha informado también que a pesar de todas las denuncias y diligencias realizadas por sus familiares, hasta el momento de emitir este llamado ninguna autoridad concernida ha proporcionado ninguna información sobre el caso, ni se conocen mayores informaciones ni sobre el paradero ni sobre la integridad personal del Sr. Crescenciano Moisés Pérez Enríquez.

 

El Secretariado Internacional de la OMCT al condenar estos hechos manifiesta su seria preocupación por la seguridad y por la integridad personal del Sr. Crescenciano Moisés Pérez Enríquez. La OMCT recuerda que la desaparición forzada facilita la ocurrencia de torturas y otros malos tratos, por lo tanto urge a las autoridades estatales y federales mexicanas a que localicen lo más rápido posible el paradero del Sr. Crescenciano Moisés Pérez Enríquez y a que le garanticen en toda circunstancia su seguridad y su integridad física y psicológica, de conformidad con las leyes regionales e internacionales de Derechos Humanos, en particular con las provisiones de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José), la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes de Naciones Unidas y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (ICCPR).

 

La OMCT también se encuentra muy preocupada por la seguridad de todos los miembros de su familia, en particular de su esposa la Sra. Germana Domitila Santiago Ambrosio y de su hijo el Sr. Emeterio Everardo Pérez Santiago, así como de los demás testigos de los hechos aquí denunciados y solicita a las autoridades estatales y federales tomar de manera urgente todas las medidas apropiadas para garantizarles las mismas.

 

Acción solicitada

 

Favor escribir a las autoridades mexicanas urgiéndolas a:

 

i.                     tomar de manera inmediata las medidas más apropiadas para establecer el paradero del Sr. Crescenciano Moisés Pérez Enríquez, y tomar medidas urgentes para garantizar su seguridad y su integridad física y psicológica;

ii.                   garantizarle el acceso inmediato e incondicional a un abogado de su elección, a la visita de sus familiares y a un tratamiento médico adecuado, de acuerdo con, inter alia, las Reglas mínimas de las Naciones Unidas para el tratamiento de los reclusos;

iii.                  tomar de manera urgente las medidas más apropiadas para garantizar la seguridad y la integridad física y psicológica de todos los miembros de la familia del Sr. Crescenciano Moisés Pérez Enríquez, en particular de su esposa la Sra. Germana Domitila Santiago Ambrosio y de su hijo el Sr. Emeterio Everardo Pérez Santiago, así como de los demás testigos de los hechos aquí denunciados;

iv.                 ordenar la liberación inmediata del Sr. Crescenciano Moisés Pérez Enríquez, en caso de encontrarse detenido en ausencia de cargos legales válidos o, en caso de que estos cargos existan, presentarlo en el menor plazo posible ante un tribunal independiente, competente, justo e imparcial y garantizarles sus derechos procesales en todo momento;

v.                   llevar a cabo una investigación inmediata, independiente, exhaustiva, efectiva e imparcial en torno a la presunta desaparición forzada del Sr. Crescenciano Moisés Pérez Enríquez, cuyos resultados se hagan públicos, con el fin de identificar a los responsables, llevarlos ante un tribunal independiente, competente, justo e imparcial y aplicarles las sanciones penales y/o administrativas previstas por la ley;

vi.                 de manera general, conformar sus acciones a lo dispuesto por los Pactos y Convenciones Internacionales de Derechos Humanos, ratificados por México, en particular con la Convención Contra la Tortura.

 

Direcciones

 

·         Señor Presidente Felipe de Jesús Calderón Hinojosa, Residencia Oficial de los Pinos, Casa Miguel Alemán, Col. San Miguel Chapultepec, C.P. 11850, México D.F. FAX: + 52  55 527 72 376  + 52 55 27 89 11 13, E-mail: felipe.calderon@presidencia.gob.mx

·         Misión Permanente de México ante las Naciones Unidas en Ginebra, 16, Avenue du Budé. 1202, Ginebra, Case postale 433. FAX: + 41 22 748 07 08  E-mail: mission.mexico@ties.itu.int

·          Licenciado José Francisco Blake Mora, Secretaría de Gobernación. Bucareli 99, 1er. piso, Col. Juárez, Del. Cuauhtémoc, México D.F., C.P.06600, MEXICO. Fax: + 52 55 5093 3414 E-mail: secretario@segob.gob.mx

·         Licenciando Jesús Zamora Castro, Subsecretario de Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos, Secretaría de Gobernación E-mail: secretario@segob.gob.mx

  • Licenciado Arturo Chávez Chávez, Procurador General de la República.

      E-mail:  ofproc@pgr.gob.mx

  • Licenciado Gabino Cué Monteagudo, Gobernador del Estado de Oaxaca, Ciudad Administrativa Benemérito de las Américas, Edificio 7, Nivel 3, Carretera Oaxaca-Istmo Km.11.5, Tlalixtac de Cabrera, Oaxaca de Juárez, C.P. 68270, Oaxaca. E-mail:  gobernador@oaxaca.gob.mx Fax: +52 951 502 0530 Conmutador + 52 951501 5000
  • Licenciada María de la Luz Candelaria Chiñas, Procuradora General de Justicia del Estado de Oaxaca, Centro Administrativo del Poder Ejecutivo y Judicial,    Edificio Jesús "Chu" Rasgado A, ala 2, 2do nivel, Reyes Mantecón, San Bartolo Coyotepec, C.P. 71257 Oaxaca. Fax: +52 951 501 6900 ext. 20635  E-mail: lpedroarenag@hotmail.com
  • Dr. Raúl Plascencia Villanueva, Presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

E-mail: correo@cndh.org.mx

  • Dr. José Antonio Guevara, Titular de la Unidad para la promoción y defensa de los derechos humanos SEGOB. Paseo de la Reforma 99 P.H. Col. Tabacalera. Del. Cuauhtémoc, México.

E-mail: jguevara@segob.gob.mx

·         Licenciado Mauricio E. Montes de Oca Durán, Unidad para la promoción y defensa de los derechos humanos SEGOB. E-mail: mmontesdeoca@segob.gob.mx

  • Sr. Guillermo I. Ortíz Mayagoitia, Presidente del Consejo de la Judicatura,

E-mail: presidencia@cjf.gob.mx  

 

Favor escribir también a las Representaciones Diplomáticas de México en sus respectivos países.

 

Ginebra, 23 de diciembre de 2010

 

Les agradecemos que nos informen acerca de cualquier acción emprendida, indicando el código del presente llamado en su respuesta.

 


Por la presentación con vida de los desaparecidos. Juicio y castigo a los responsables.

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