Centro Independiente de Informacion Nacional

viernes, 15 de mayo de 2009

Amnistía Internacional y la Organización Mundial contra la Tortura emiten “Acciones urgentes” en torno al caso de los ocho compañeros detenidos.

El día 6 de mayo de 2009, tanto la Organización Mundial contra la Tortura (OMCT) como Amnistía Internacional (AI) manifestaron su preocupación por la arbitraria e ilegal detención de los ocho indígenas tzeltales de la región de Agua Azul, de los cuales seis son compañeros adherentes a La Otra Campaña y uno es base de apoyo del EZLN.

Cada organismo internacional emitió su respectiva Acción Urgente en la que denuncian las torturas a las que fueron sometidos tras su detención y las violaciones a los derechos procesales de los ocho compañeros detenidos.

Dice el documento de Amnistía Internacional: “Los seis hombres de la comunidad indígena tzeltal de San Sebastián Bachajón, municipio de Chilón, detenidos el 13 de abril, y otros dos hombres detenidos el 17 y 18 de abril (…) Según una organización local de derechos humanos, los ocho hombres fueron golpeados en el momento de su detención y, mientras permanecían en la “casa de arraigo” (el centro informal de detención preventiva), fueron torturados y obligados a realizar una declaración preliminar ante funcionarios de la Procuraduría General del estado. No tuvieron acceso a asistencia letrada adecuada, ni a un intérprete de la lengua indígena que hablan. La mayoría tienen un conocimiento limitado del español —o lo desconocen por completo— y algunos no saben leer ni escribir”.

Por su parte, la OMCT dice: “La OMCT ha conocido con preocupación la existencia de serias violaciones al debido proceso que se han perpetrado en contra de los mencionados detenidos, los seis primeros integrantes de La Otra Campaña del Ejido San Sebastián Bachajón, y detenidos el 13 de abril; el Sr. Alfredo Gómez Moreno, vecino de la zona de Agua Azul, detenido el 17 de abril, y el Sr. Miguel Vázquez Moreno, Base de Apoyo del Ejército Zapatista de Liberación Nacional, detenido el 18 de abril”.

Y agrega de manera puntual: “La OMCT ha conocido que se han documentado, entre otras, las siguientes violaciones relacionadas con el debido proceso de las mencionadas personas:

—A los detenidos se les incomunicó luego de su arresto, vulnerando de esta manera el derecho a un debido proceso llevado a cabo por un juez o tribunal competente, independiente e imparcial;

—se vulneró el derecho a la defensa adecuada, ya que las autoridades ministeriales obstruyeron la labor de los abogados, entre otros al no proporcionarles informaciones básicas como su situación real, su paradero y mucho menos su situación jurídica, y por tanto éstos no pudieron asumir la defensa de los detenidos;

—los detenidos fueron sometidos a actos de tortura y otros tratos o penas crueles inhumanos o degradantes, ocurridos durante su aprehensión, su traslado, su declaración ministerial y su posterior arraigo;

—ninguno de los ocho detenidos estuvo acompañado ni tuvo la asistencia durante su declaración ministerial de interpretes y/o defensores que tuvieran conocimiento de su lengua y cultura, que en este caso es el tseltal de Bachajón, por lo cual no supieron exactamente qué sucedió en dicha diligencia y, luego de ser golpeados, firmaron una declaración cuyo contenido desconocen”.

Ambas organizaciones hacen un llamado a pronunciarse y a escribir y enviar mensajes a las distintas instancias y autoridades federales y estatales (tanto a los órganos responsables de velar por los derechos humanos de las y los mexicanos, como a las del poder Ejecutivo, así como a las encargadas de la impartición de Justicia) exigiendo “la investigación inmediata en torno a las violaciones de los derechos humanos cometidas contra las personas arriba mencionadas, en particular sobre las alegaciones de tortura y/o malos tratos contra ellos”.

Además, exigir a las autoridades que “garanticen el derecho de todos los detenidos a un juicio justo, lo que incluye excluir como prueba de los procedimientos judiciales toda declaración obtenida mediante coacción u otras violaciones de las garantías del proceso debido, como las declaraciones realizadas sin acceso a asistencia letrada adecuada o a intérpretes apropiados”.

Para conocer los textos completos de estas acciones urgentes, así como las direcciones de las distintas autoridades a las que se pide enviar comunicados, pueden consultarse las páginas electrónicas de dichas organizaciones: www.amnistia.org.mx y www.omct.org

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